Desde el 1 de junio del 2013 cualquier particular que ha querido alquilar o vender una vivienda o un local, construido antes del año 2007,se ha visto obligado a obtener un certificado de eficiencia energética para cumplir con el Real Decreto 235/2013, como transposición de la Directiva Europea 2010/31/UE.
Este certificado ha tenido un coste de entre 150 y 300 €, según las dimensiones de la vivienda o local y de la oferta de los diferentes profesionales certificadores. Este certificado expone el consumo del edificio y la descripción de sus características energéticas, en relación a diferentes grados de eficiencia: A, B, C, D, E, F o G.
Y qué pasa con los edificios públicos?
Aquests haurien de constituir un exemple d’edificis on els factors mediambientals i energètics es tenguèssin en compte.
Qué dice la normativa?
El Decreto 235/2013 establece la obligatoriedad de obtener la Certificación Energética a todos los edificios públicos con una superficie útil superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público. Los plazos para cumplir con esta obligación son los siguientes:
- Edificios públicos de más de 500 m2 1 de junio del 2015
- Edificios públicos de 250 a 500 m2 9 de julio del 2015
- Edificios públicos alquilados de más de 250 m2 31 diciembre del 2015
Además, estos edificios tienen la obligación de tener expuesta al público la Etiqueta Energética resultante de la Certificación.
En qué locales tendría que d’estar expuesta esta etiqueta?
Ministerios, consellerias, ayuntamientos, hospitales, centros de salud, escuelas, facultades, bibliotecas, juzgados, pabellones deportivos…
Habéis visto alguna etiqueta de estas expuesta en algún edificio público que hayáis visitado recientemente?